sábado, abril 29, 2006

CUENTAS ANUALES

* OBLIGADOS

- Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, comanditaria por acciones, de garantía recíproca, fondos de pensiones.
- Las sociedades extranjeras con sucursales en España también ha de depositar sus cuentas anuales.
- las sociedades personalistas o un empresario individual puede depositar sus cuentas en el Registro Mercantil.
- Todas aquellas entidades de cualquier naturaleza jurídica que se dediquen al comercio mayorista o minorista cuando realicen o intermedien adquisiciones o ventas en un ejercicio superior a 601.012 €.
- Las sociedades colectivas y comanditarias simples, cuando a la fecha de cierre del ejericicio todos los socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras, están sujetas a la obligación de formulación y depósito de sus cuentas anuales en los mismos término que las sociedades anónimas.

* PLAZO

Durante TODO EL MES SIGUIENTE a la aprobación de las mismas por la Junta general. Hay un plazo de 6 meses desde el cierre del ejercicio para celebrar la Junta aprobatoria de las cuentas anuales. Así, si las cuentas se aprueban el 10 de mayo habrá un plazo de hasta el 10 de junio para su presentación en el Registro Mercantil.

* CONTENIDO

Los documentos a depositar son:

- certificación de acuerdos sociales, que debe ir firmada por los administradores cuyas firmas deben constar legitimadas notarialmente.
- cuentas anuales en modelo normalizado (lo pueden adquirir en cualquier Registro Mercantil).
- un ejemplar del informe de gestión en su caso.
- un ejemplar del informe de auditoria en su caso para las sociedades obligadas y para todas aquellas que voluntariamente auditen sus cuentas con auditor inscrito en el Registro Mercantil.
- un ejemplar del negocio sobre acciones/participaciones propias, excepto en el caso de que la certificación aprobatoria de cuentas incluya una mención relativa a que la sociedad no ha realizado operaciones con acciones propias.
- ANEXO DE INFORMACION MEDIOAMBIENTAL

* FORMA DE PRESENTACIÓN

- De forma presencial, telemáticamente, por correo o procedimiento análogo.

* IMPORTES

- Sociedades Limitadas: 42,12€
- Sociedades Anonimas o Limitadas con informe de auditoria: 44,29€.

- ARTICULOS: 366 DEL RRM Y SIGUIENTES, 218 A 222 TRLSA.
Horario Registro Mercantil: 9-14 y 16-18; sábados de 9-14.
Todos los modelos o formularios los podrán encontrar en este página web y en el propio Registro Mercantil.
El asiento de presentación de las cuentas tiene una vigéncia de 5 meses.