martes, noviembre 21, 2006

INDICE RESOLUCIONES MERCANTIL

ADMINISTRADORES

Autocontratación. El administrador no puede conceder al apoderado facultades de autocontratación.
R. 18 de Julio de 2006

Autocontratación. El administrador sólo puede autocontratar válida y eficazmente cuando esté autorizado para ello por la Junta General o cuando de la propia configuración del negocio resulte la inexistencia de contraposición de intereses.
R. 18 de Julio de 2006

Cese. Copia parcial en la que no consta el nombramiento del nuevo administrador que eleva a público y certifica de los acuerdos. Es necesaria la previa o simultánea inscripción del administrador.
R. 21 de Julio de 2006

Cese: El cierre del Registro por falta de depósito de cuentas no es obstáculo para la inscripción del cese del administrador.
R. 26 de Julio de 2005, R. 25 de Febrero de 2006

Cese. Notificación al Administrador saliente. El acta de remisión de carta por correo no es suficiente a los efectos del art. 111 RRM.
R. 26 de Julio de 2005

Condición de socios. Si lo exigen los estatutos, debe constar la condición de socios de los nombrados administradores.
R. 20 de Junio de 2006

Depósito de cuentas. Necesidad de acompañar certificación aprobatoria de las cuentas, expedida por administrador con cargo vigente a la fecha de su expedición.
R. 13 de Marzo de 2006

Facultades. La representación de los administradores se extiende a todos los actos jurídicos necesarios para el desarrollo del objeto social, sin necesidad de enumeración alguna.
R. 26 de Julio de 2006

Facultades. No puede reflejarse en la inscripción la enumeración de las facultades representativas de los administradores.
R. 26 de Julio de 2006

Forma de actuación. Necesidad de especificar en los estatutos SL la forma de actuación de los administradores mancomunados.
R. 1 de Septiembre de 2005

Inscripción nombramiento. Para inscribir actos otorgados por el administrador es necesaria la previa o simultánea inscripción de su nombramiento.
R. 21 de Julio de 2006

Inscripción parcial. Estando cerrado el Registro por falta de depósito de cuentas de dos ejercicios y solicitada inscripción parcial del documento, debe inscribirse el cese, manteniendo el cierre respecto del nuevo nombramiento.
R. 25 de Febrero de 2006.

Libre separación. En una sociedad capitalista como la anónima, prevalece el principio de libre separación del administrador, sin que los estatutos puedan reforzar los quorums o mayorías legales.
R. 23 de Enero de 2006

Modificación estatutaria: La modificación de estatutos vigente el administrador no implica para éste una prórroga de su nombramiento, caso de modificación del plazo de su duración.
R. 4 de Mayo de 2006

Nombramiento. La disparidad en cuanto a su domicilio entre comparecencia y certificación ha de ser corregida.
R. 19 de Julio de 2006


AUMENTO DE CAPITAL

Sociedad Anónima

Delegación en Consejo. Autorización a los Administradores para señalar su fecha. Diferencias entre el aumento acordado por la Junta y el aumento efectivamente ejecutado por el Consejo.
R. 21 de Enero de 2006

Plazo suscripción. En todo aumento de capital social mediante emisión de nuevas acciones es esencial expresar el plazo de suscripción de éstas.
R. 21 de Enero de 2006

BIENES MUEBLES. VEHICULOS

Anotación de embargo. No cabe practicarla si el número de bastidor no existe en la base de datos de la DGT o no coincide el D.N.I del titular demandado con el que figura en dicha base.
R. 13 de Febrero de 2006

Identificación: Las inscripciones en el Registro de bienes muebles deben basarse en una perfecta identificación física del vehículo, que viene determinada por el Registro administrativo de la DGT.
R. 13 de Febrero de 2006

Registro DGT. La calificación del Registrador de Bienes Muebles puede y debe basarse en la base de datos de la DGT.
R. 13 de Febrero de 2006

CALIFICACIÓN REGISTRAL

Artículo 18-8 C.Comercio. Registro en división personal. Necesidad de estricto y escrupuloso cumplimiento.
R. 14 de Julio de 2006, R. 17 de Julio de 2006, R. 18 de Julio de 2006, R. 19 de Julio de 2006, R. 20 de Junio de 2006, R. 21 de Julio de 2006, R. 24 de Julio de 2006, R. 25 de Julio de 2006, R. 26 de Julio de 2006, R. 27 de Julio de 2006

Calificación sustitutoria. El recurso gubernativo debe interponerse contra la calificación del Registrador sustituido y no contra el acuerdo del Registrador sustituto, si bien por razón de economía de procedimiento se admite y resuelve el recurso.
R. 2 de Agosto de 2005

Depósito de cuentas: El hecho de que las cuentas anuales deban formularse en modelos oficiales es calificable por el Registrador.
R. 17 de Febrero de 2006

Depósito de cuentas. El Registrador mercantil puede calificar el contenido de los documentos presentados. Y si de ellos resulta obligada la sociedad a auditarse debe acompañarse el informe de auditoría.
R. 16 de Enero de 2006

Depósito de cuentas. Todos los documentos sujetos a depósito lo están también a calificación por el Registrador.
R. 23 de Enero de 2006

Documentos. El Registrador en su calificación sólo debe tener en cuenta los documentos presentados en tiempo y forma.
R. 27 de Julio de 2006

Integridad y motivación. La calificación ha de ser íntegra y motivada (con tempestividad y suficiencia).
R. 14 de Julio de 2006, R. 20 de Junio de 2006, R. 25 de Julio de 2006

Motivación. Aplicabilidad al Registro Mercantil de las normas de la LH. R. 13 de Noviembre de 2005**.

Motivación: Requisitos: Tempestividad y suficiencia.
R. 23 de Septiembre de 2005

Notificación telemática defectos: No es posible si el interesado no ha aceptado previamente y queda constancia fehaciente.
R. 13 de Octubre de 2005, R. 14 de Julio de 2006, R. 19 de Julio de 2006, R. 20 de Junio de 2006, R. 24 de Julio de 2006, R. 25 de Julio de 2006

Registro DGT. La calificación del Registrador de Bienes Muebles puede y debe basarse en la base de datos de la DGT.
R. 13 de Febrero de 2006

Registro titular. En el ejercicio de su función calificadora el Registrador tiene tasados los medios de calificación siendo los mismos dos: el título presentado a inscripción y los asientos del Registro del que sea titular.
R. 22 de Septiembre de 2005

DENOMINACIÓN SOCIAL

Cambio de denominación de sucursal en España de sociedad extranjera, estando cerrada la hoja de la sucursal por falta de depósito de cuentas.
R. 27 de Julio de 2006

Compañía y Corporación. Las palabras “Corporación” y “Compañía” son suficientemente diferenciadoras –jurídica y semánticamente- en la denominación social.
R. 31 de Julio de 2006

Denominación admisible “Cuantotequiero”. No infringe el art. 406 RRM.
R. 7 de Abril de 2006.

Denominaciones oficiales. La prohibición del art. 405 RRM se refiere lógicamente a las sociedades no constituidas por los organismos públicos correspondientes.
R. 4 de octubre de 2005

Discrepancia entre la denominación que consta en los estatutos y la que figura en el certificado del Registro Mercantil Central. Carece de entidad suficiente para impedir la inscripción.
R. 17 de Julio de 2006

Mínima discrepancia entre la denominación que consta en los estatutos y la que figura en el certificado del Registro Mercantil Central. Carece de entidad suficiente para impedir la inscripción.
R. 19 de Julio de 2006

Principios: novedad, veracidad y libre elección.
R. 7 de Abril de 2006

DEPOSITO DE CUENTAS

Administradores: Caducidad del cargo. La modificación de estatutos vigente el administrador no implica para éste una prórroga de su nombramiento, caso de modificación del plazo de su duración.
R. 4 de Mayo de 2006

Administradores: cese: El cierre del Registro por falta de depósito de cuentas no es obstáculo para la inscripción del cese del administrador.
R. 26 de Julio de 2005, R. 25 de Febrero de 2006

Administradores: inscripción parcial. Estando cerrado el Registro por falta de depósito de cuentas de dos ejercicios y solicitada inscripción parcial del documento, debe inscribirse el cese, manteniendo el cierre respecto del nuevo nombramiento.
R. 25 de Febrero de 2006

Calificación: El hecho de que las cuentas anuales deban formularse en modelos oficiales es calificable por el Registrador.
R. 17 de Febrero de 2006

Calificación. Todos los documentos sujetos a depósito lo están también a calificación por el Registrador.
R. 23 de Enero de 2006

Cambio de denominación de sucursal en España de sociedad extranjera, estando cerrada la hoja de la sucursal por falta de depósito de cuentas.
R. 27 de Julio de 2006

Capital social. Necesidad de congruencia entre el capital que consta en el Registro y el que figura en el balance.
R. 23 de Enero de 2006

Certificación aprobatoria de las cuentas. La expedida por administrador con cargo vigente a la fecha de su expedición, forma parte de los documentos a depositar, y no en documento aparte del depósito correspondiente.
R. 13 de Marzo de 2006

Cierre registral. A los efectos de enervar el cierre registral, únicamente es necesario depositar las cuentas (o la constancia de su no aprobación) de los últimos tres ejercicios.
R. 3 de octubre de 2005

Cierre registral por falta de depósito de cuentas. Reapertura de la hoja. Certificación acreditativa de la falta de aprobación de las cuentas expresando la causa cualquiera que sea y sin sujeción a plazo alguno.
R. 16 de Julio de 2005, R. 19 de Julio de 2005 (330), R. 20 de Julio de 2005, R. 2 de Agosto de 2005

Convocatoria Junta. Los dos anuncios de convocatoria de la Junta General deben publicarse al menos 15 días (hoy, un mes) antes de su celebración.
R. 24 de Marzo de 2006

Desistimiento nombramiento auditor. Cabe practicar el depósito de cuentas sin informe de auditoría si se ha acreditado y aceptado el desistimiento del socio minoritario de su solicitud de nombramiento de auditor.
R. 13 de Enero de 2006

Fecha certificación. El art. 112-1 RRM exige claramente que la certificación de las cuentas aparezca fechada.
R. 23 de Enero de 2006

Forma abreviada. Valoración de si pueden presentarse en forma abreviada. Disparidad entre las presentadas y las depositadas en ejercicio anterior.
R. 30 de Mayo de 2006

Información. Convocatoria Junta General SL. Derecho de información de los socios. Necesidad de ajustarse a lo dispuesto en el artículo 86-1 LSL.
R. 28 de Octubre de 2005

Informe auditor:
R. 16 de Enero de 2006, R. 16 de Diciembre de 2005 , R. 27 de Febrero de 2006

Informe auditor. Necesidad de acompañar el informe de auditoría si de las cuentas anuales presentadas resulta obligada la sociedad a auditarse.
R. 16 de Enero de 2006

Informe auditor SA: Auditor solicitado por la minoría pendiente de recurso: Necesidad de su informe –si se confirma el nombramiento- para efectuar el depósito. No se admite el hipotético defecto futuro de la necesidad de nueva aprobación de las cuentas.
R. 16 de Diciembre de 2005.

Modelos. Obligatoriedad de los modelos oficiales suministrador por los Registros Mercantiles.
R. 17 de Febrero de 2006

Negocios propias acciones. Necesidad de hacer constar, en documento aparte firmado por los administradores, la existencia o no de negocios sobre las propias acciones.
R. 13 de Marzo de 2006

Sociedad en liquidación: Requisitos de los anuncios de la convocatoria de la Junta SA: derecho de información de los accionistas.
R. 3 de Mayo de 2006

Traslado de domicilio. Certificación.
R. 3 de octubre de 2005

DISOLUCION SOCIEDADES

Causas de disolución de pleno derecho SL.
R. 19 de Septiembre de 2005

Descapitalización SL. Entendida como reducción de patrimonio contable por debajo de la mitad del capital social, es causa de disolución, pero requiere acuerdo de la Junta General o resolución judicial.
R. 27 de Octubre de 2005

Ipso iure. Las causas legales de disolución SL no operan ipso iure, salvo por transcurso del término fijado o reducción de capital por debajo del mínimo legal –supuesto diferente al de descapitalización.
R. 27 de Octubre de 2005


ESTATUTOS SOCIALES

Administradores. Necesidad de especificar en los estatutos SL la forma de actuación de los administradores mancomunados.
R. 1 de Septiembre de 2005

Modificación. En la certificación de los acuerdos ha de constar la aprobación del acta, con su fecha y el sistema utilizado.
R. 10 de Octubre de 2005

Modificación y administradores SA: La modificación de estatutos vigente el administrador no implica para éste una prórroga de su nombramiento, caso de modificación del plazo de su duración.
R. 4 de Mayo de 2006

INSCRIPCION PARCIAL

Administradores: Estando cerrado el Registro por falta de depósito de cuentas de dos ejercicios y solicitada inscripción parcial del documento, debe inscribirse el cese, manteniendo el cierre respecto del nuevo nombramiento.
R. 25 de Febrero de 2006

JUNTA GENERAL

Acuerdos sociales. En la certificación de los acuerdos ha de constar la aprobación del acta, con su fecha y el sistema utilizado.
R. 10 de Octubre de 2005, R. 24 de Julio de 2006,

Ausencia socios. La ausencia de socios que asistieron a la constitución de la Junta (SL) no afecta a la validez de los acuerdos adoptados.
R. 11 de octubre de 2005

Convocatoria judicial SL. Si resulta palmariamente que el auto de convocatoria se notificó a todos los socios no es necesario ajustar la convocatoria a lo dispuesto en los estatutos.
R. 26 de Julio de 2005, R. 24 de Enero de 2006

Convocatoria Junta SA: Antelación. Los dos anuncios de convocatoria de la Junta General deben publicarse al menos 15 días (hoy, un mes) antes de su celebración.
R. 24 de Marzo de 2006

Convocatoria Junta SA. El plazo convocatoria-celebración se computa incluyendo días inhábiles y el dia en que se publica la convocatoria y excluyendo el dia de celebración de la Junta.
R. 15 de Noviembre de 2005

Constitución Junta SA. Los socios que se ausentan una vez confeccionada la lista de asistentes no pueden tenerse en cuenta para la válida constitución de la Junta.
R. 19 de Mayo de 2006

Convocatoria Junta SA. Requisitos. Es esencial el cumplimiento de todos los requisitos.
R. 24 de Marzo de 2006

Fecha de celebración. Contradicción en la fecha de celebración e primera y segunda convocatoria S.A. Véase
R. 24 de Marzo de 2006

Fecha de celebración. Disparidad fecha de celebración de la Junta entre la escritura y la certificación: Necesidad de corregir el error.
R. 6 de Abril de 2006

Voto plural. Inadmisibilidad del pacto estatutario SA según el cual en caso de empate se estará al voto de la mayoría de los socios.
R. 26 de Octubre de 2005

OBJETO SOCIAL

Determinación. Es admisible el objeto social relativo a los “servicios sociales de todo tipo”, al acotar suficientemente el sector de la actividad económica y no existir reserva legal para el ejercicio de la misma.
R. 14 de Julio de 2006

Determinación. Necesidad de precisa determinación del ámbito de actividad de la sociedad.
R. 14 de Julio de 2006

Determinación. No son admisibles los objetos relativos al ejercicio del comercio, la industria o los servicios, sin más especificaciones, pero sí el relativo a los “servicios sociales de todo tipo”, al acotar suficientemente el sector de la actividad económica en que va a desarrollar su actividad la sociedad.
R. 14 de Julio de 2006

Trascendencia. Para los socios, los administradores y los terceros.
R. 14 de Julio de 2006

PODERES

Autocontratación. El administrador no puede conceder al apoderado facultades de autocontratación.
R. 18 de Julio de 2006

Manifestación subsistencia. No es imprescindible la manifestación por el otorgante de la subsistencia de la representación ya que no hay norma que la imponga y se entiende implícita en la afirmación de su cualidad de apoderado que hace el representante en el momento del otorgamiento.
R. 22 de Septiembre de 2005

Rendir cuentas. Cabe atribuir por apoderamiento la facultad de “Rendir cuentas”, entendido ello en el ámbito externo, ante terceros.
R. 18 de Julio de 2006

Reseña y juicio de suficiencia. Basta (y esto es lo que ha de calificar el Registrador) que el Notario practique la reseña del documento auténtico del que nacen las facultades representativas (que ha de comprender al menos nombre o denominación social del poderdante y apoderado, nombre del notario autorizante, fecha del documento, nº de protocolo y su vigencia) e incorpore un juicio de suficiencia de las facultades expreso, concreto y coherente con el negocio documentado. El Registrador no puede pedir que se acompañe el documento ni que se trascriban las facultades ni se reseñe o testimonie total o parcialmente su contenido.
R. 22 de Septiembre de 2005

Sociedad unipersonal. Otorgamiento de poder. La omisión en la escritura del carácter unipersonal de la sociedad carece de entidad suficiente para impedir la inscripción.
R. 13 de Octubre de 2005


PROCEDIMIENTO REGISTRAL

Carácter administrativo.
R. 14 de Julio de 2006, R. 19 de Julio de 2006

RECURSO GUBERNATIVO

Calificación sustitutoria. El recurso gubernativo debe interponerse contra la calificación del Registrador sustituido y no contra el acuerdo del Registrador sustituto, si bien por razón de economía de procedimiento se admite y resuelve el recurso.
R. 2 de Agosto de 2005

Desistimiento.
R. 27 de Febrero de 2006

Documentos. En el recurso no pueden tenerse en cuenta los documentos no presentados al tiempo de la calificación registral.
R. 27 de Julio de 2006

Informe del Registrador: Debe limitarse a cuestiones de mero trámite.
R. 22 de Septiembre de 2005

Informe del Registrador. No puede incluir nuevos fundamentos o argumentos ni incluir una suerte de contestación al recurso interpuesto.
R. 22 de Septiembre de 2005

REGISTRO MERCANTIL

Datos identificación registral. Constitución de SL por dos asociaciones profesionales. Innecesariedad de hacer constar los datos de inscripción de las asociaciones, al no tener carácter constitutivo.
R. 16 de Noviembre de 2005

Domicilio. Nombramiento de Administrador. La disparidad en cuanto a su domicilio entre comparecencia y certificación ha de ser corregida.
R. 19 de Julio de 2006

Registro de la Propiedad. La publicidad del Registro Mercantil no condiciona la inscripción en el Registro de la Propiedad.
R. 30 de Noviembre de 2005, R. 30 de Noviembre de 2005, R. 30 de Noviembre de 2005, R. 30 de Noviembre de 2005, R. 14 de Diciembre de 2005, R. 10 de Enero de 2006


REGISTRO MERCANTIL CENTRAL

Véase también: Denominación social

SOCIEDAD CIVIL

Registro de la Propiedad. Véase en Resoluciones Propiedad

SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES

Prestaciones accesorias. La modificación del régimen de las prestaciones accesorias no requiere el consentimiento de todos los socios.
R. 24 de Octubre de 2005


SOCIEDAD LIMITADA

Administradores. Necesidad de especificar en los estatutos SL la forma de actuación de los administradores mancomunados.
R. 1 de Septiembre de 2005

Constitución. Aunque las asociaciones, por definición, no tengan ánimo de lucro, pueden constituir sociedades limitadas.
R. 16 de Noviembre de 2005

Constitución. Identificación de uno de los fundadores por su pasaporte, constando también el número del D.N.I.
R. 25 de Julio de 2006

Constitución por cámaras de comercio. Estas tienen plena personalidad jurídica y capacidad para constituir una SL, pudiendo ser ésta unipersonal y administrador único la propia cámara.
R. 4 de octubre de 2005

Constitución por dos asociaciones profesionales. Capacidad para constituirla y forma de acreditarla. Innecesariedad de aportar o reseñar los estatutos, bastando la aseveración notarial de tener los otorgantes a su juicio, a la vista del acta fundacional y de los estatutos, facultades suficientes para el negocio de que se trate.
R. 16 de Noviembre de 2005

Constitución por dos asociaciones profesionales. Innecesariedad de hacer constar los datos de inscripción de las asociaciones, al no tener carácter constitutivo.
R. 16 de Noviembre de 2005

Junta General.

- Ausencia socios. La ausencia de socios que asistieron a la constitución de la Junta (SL) no afecta a la validez de los acuerdos adoptados.
R. 11 de octubre de 2005

- Convocatoria judicial SL. El Juez tiene plena libertad para designar Presidente y Secretario de la Junta, con independencia de lo que digan los estatutos.
R. 24 de Enero de 2006

- Convocatoria judicial SL. Si resulta palmariamente que el auto de convocatoria se notificó a todos los socios no es necesario ajustar la convocatoria a lo dispuesto en los estatutos.
R. 26 de Julio de 2005, R. 24 de Enero de 2006

SOCIEDADES EN LIQUIDACION

Depósito de cuentas. Requisitos de los anuncios de la convocatoria de la Junta SA: derecho de información de los accionistas.
R. 3 de Mayo de 2006

SOCIEDADES EXTRANJERAS

Cambio de denominación de sucursal en España de sociedad extranjera, estando cerrada la hoja de la sucursal por falta de depósito de cuentas.
R. 27 de Julio de 2006

SOCIO UNICO

Cambio socio único SL. Forma de hacerlo constar en el Registro. No es necesario el estricto cumplimiento de las exigencias del art. 203 RRM.
R. 20 de Mayo de 2006

SOCIEDAD UNIPERSONAL

Constancia. La omisión en la escritura del carácter unipersonal de la sociedad carece de entidad suficiente para impedir la inscripción.
R. 13 de Octubre de 2005

Constitución por cámaras de comercio. Estas tienen plena personalidad jurídica y capacidad para constituir una SL, pudiendo ser ésta unipersonal y administrador único la propia cámara.
R. 4 de octubre de 2005



lunes, noviembre 20, 2006

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A TRAVÉS DE INTERNET
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para permitir la constitución de Sociedades de Responsabilidad Limitada a través de Internet. La norma se lleva a cabo entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el Ministerio de Justicia, y pretende extender la tramitación telemática, hasta ahora únicamente reservada a la Sociedad Limitada Nueva Empresa, a la constitución de cualquier Sociedad de Responsabilidad Limitada. Está previsto que el Real Decreto entre en vigor a primeros de 2007.
Tras la entrada en vigor de la Ley de 1 de abril de 2003, de la Sociedad Limitada Nueva Empresa, y la puesta en marcha del Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), la tramitación telemática de la constitución de empresas con forma societaria, basada en el Documento Único Electrónico, ha demostrado tener un importante valor para las empresas, ya que reduce de manera muy significativa los tiempos de constitución. Por tanto, se hace necesario extender a otras formas societarias la tramitación telemática, en concreto a la Sociedad de Responsabilidad Limitada, por ser el tipo de sociedad más utilizado en el mundo empresarial.
A partir de la promulgación del Real Decreto, los emprendedores que quieran adoptar la forma jurídica de Sociedad de Responsabilidad Limitada, podrán beneficiarse de:
Una red formada en la actualidad por 150 oficinas de tramitación telemática, distribuidas en trece Comunidades Autónomas. Dichas oficinas, denominadas Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT'S), también prestan asesoramiento a los emprendedores tanto en la constitución de su empresa, como en los primeros años de funcionamiento. Esta red está en continua expansión ya que puede adherirse a ella, gratuitamente, cualquier organización especializada en la creación de empresas.
Un procedimiento con el que sólo tendrán que acceder presencialmente a un PAIT y al notario que elijan para el otorgamiento de la escritura pública de la sociedad. De esta forma, se evitarán desplazamientos para realizar el resto de los trámites y el uso de formularios en papel. El sistema de tramitación telemática del Centro de Información realizará la tramitación ante los organismos competentes, teniendo en cuenta los datos introducidos en el Documento Único Electrónico, que sustituye a los quince formularios actuales: liquidación del impuesto de trasmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados; inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil; trámites ante Hacienda y Seguridad Social, etcétera. En definitiva, esta medida permite la constitución y puesta en marcha de una sociedad en un tiempo record.
Un proyecto que, además de haber recibido numerosos reconocimientos nacionales e internacionales, ha sido calificado recientemente con la máxima puntuación en el informe de la Comisión Europea sobre la “Disponibilidad y Sofisticación de los servicios públicos en Internet”.